¿Puedo Desgravar la Hipoteca en la Declaración de la Renta?

Para la gran mayoría de los ciudadanos, las hipotecas son el medio para poder acceder a la compra de un inmueble. Con un sueldo normal, y sin recurrir a la financiación ajena, sería muy, muy difícil poder vivir y comprar una vivienda, un local, una nave industrial…

Pero están los préstamos hipotecarios, afortunadamente, (y también las empresas que te facilitan su obtención como iAhorro, por ejemplo, donde un asesor hipotecario especializado te ayudará a conseguir la mejor hipoteca) y eso facilita mucho las cosas. 

Como es un tema que afecta a mucha gente y que interesa, en este artículo vamos a dar respuesta a una pregunta que se plantea con mucha frecuencia: ¿puedo desgravar la hipoteca en la declaración de la renta?  Lo veremos con detalle.

 

¿Qué tipo de hipotecas se desgravan? 

Existen dos tipos de hipotecas que dan derecho a desgravación en la declaración de la renta:

  • Las que se han destinado a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual del contribuyente.

Esta deducción únicamente es aplicable si la compra se ha realizado con anterioridad al 1 de enero de 2013 o si se han entregado cantidades para su construcción, adecuación o rehabilitación también en un momento anterior al 1 de enero de 2013.

  • Aquellas con las que se financia la compra o mejora de inmuebles que se ceden en alquiler.

Requisitos para desgravar la hipoteca 

Para poder desgravar la hipoteca es necesario cumplir los requisitos que vemos a continuación:

 

En el caso de vivienda habitual 

Los requisitos para poder desgravar las cantidades pagadas por la hipoteca obtenida para la adquisición, construcción, adecuación o rehabilitación de la vivienda habitual son:

  • Que la fecha de adquisición de la vivienda, o de la entrega de cantidades en los otros supuestos, sea anterior a 1 de enero de 2013.
  • Que se hubiera aplicado la deducción por vivienda habitual en 2012 o años anteriores (salvo que no haya sido posible porque aún no se haya superado el importe exento en caso de reinversión).
  • Que se cumplan los requisitos para que la vivienda sea considerada la habitual, esto es: que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo de al menos 3 años (la ley contempla una serie de supuestos en los que se entiende que se cumple este requisito aunque no transcurran los 3 años como, por ejemplo, en caso de separación matrimonial, traslado laboral,…) y que se habite con carácter permanente en un plazo no superior a 12 meses desde su adquisición o terminación de las obras.

En caso de inmuebles arrendados 

Es necesario que la hipoteca se haya destinado a la adquisición o mejora del inmueble arrendado o a los bienes cedidos con el mismo.

Importante tener en cuenta que aquí nos referimos a cualquier tipo de inmueble y no solo vivienda (por ejemplo, local comercial, nave industrial, cochera…) siempre y cuando se encuentre alquilado.

 

¿Cuánto se desgrava en Hacienda por una hipoteca? 

Vivienda habitual 

El porcentaje de deducción aplicable es del 7,50% en el tramo estatal más el que corresponda en el tramo autonómico. Si la comunidad autónoma de que se trate no ha establecido uno específico este será del 7,50% también (lo que supone un total del 15%).

Estos porcentajes se aplicarán sobre el total de las cantidades pagadas tanto en concepto de amortización del capital como de intereses. Pero existe un límite y es que la base máxima es de 9.040 euros, en declaración individual y en conjunta.

Es decir, si durante el año se han pagado 12.000 euros de hipoteca solo dan derecho a deducción 9.040 euros y es sobre este importe sobre el que se aplicará el porcentaje: 

9.040  x  15%  =  1.356 euros 

El importe de la deducción sería de 1.356 euros y el exceso sobre 9.040 (2.960 euros) no se desgravan, ni en el ejercicio corriente ni en los siguientes.

Inmueble arrendado 

En este caso solo son deducibles los intereses pagados pero no la parte de la cuota que corresponde a la devolución del principal del préstamo.

Se establece un límite de forma que la suma de los gastos de financiación más los de reparaciones y conservación no pueden superar el importe del rendimiento íntegro de cada finca, si bien el exceso se podrá compensar en los cuatro años siguientes (en los que se aplicará el mismo límite).

 

Tratamiento de la desgravación en la declaración de la renta 

Hay una última diferencia referente al tratamiento de la desgravación en la declaración de la renta:

  • La de la vivienda habitual es una deducción en cuota, es decir, la cantidad que resulta de aplicar el porcentaje sobre la cantidad pagada se resta de la cuota íntegra de la declaración.
  • La de los inmuebles alquilados tiene el tratamiento de gasto deducible, es decir, los intereses pagados se restan de los ingresos obtenidos por el alquiler, por lo que minoran la base imponible del impuesto.

Y hasta aquí llego con este artículo sobre la desgravación de la hipoteca. Espero que te haya sido de utilidad.