Este artículo trata sobre la cuenta 476 Organismos de la Seguridad Social acreedores, y creo que te va a ser útil porque veremos su definición, funcionamiento, qué recoge, qué la diferencia de la cuenta 642…
Y con ejemplos que te facilitarán la comprensión.
Índice
Definición (plan general de contabilidad)
El plan contable define la cuenta 476 Organismos de la Seguridad Social acreedores de la siguiente forma:
Deudas pendientes con Organismos de la Seguridad Social como consecuencia de las prestaciones que éstos realizan.
Refleja, por tanto, las cantidades que la empresa tiene que pagar a la administración pública por la seguridad social de sus trabajadores.
¿Qué recoge la cuenta 476?
El importe que la entidad tiene que pagar a la seguridad social es la suma de dos partidas diferentes:
- El gasto de seguridad social que asume la empresa por tener trabajadores. Es decir, la cuota patronal.
- La cantidad que el trabajador tiene que pagar a la seguridad social y que se le detrae de su nómina.
La empresa paga a la Tesorería tanto la parte que le corresponde a ella como la del trabajador, que previamente le ha descontado al pagarle el sueldo.
Cuándo se utiliza y para qué
Podemos distinguir varios momentos diferentes:
- Cuando se contabiliza la nómina de los trabajadores.
Se utiliza para anotar el importe de la seguridad social que le corresponde a los empleados y que se le descuenta de la nómina (disminuye el sueldo a cobrar).
- Cuanto se contabiliza el gasto de seguridad social que corresponde a la empresa.
En este caso su contrapartida es la cuenta 642 Seguridad social a cargo de la empresa.
- Cuando se pagan los seguros sociales.
Este pago tiene lugar a final del mes siguiente del devengo y con este apunte se cancela la deuda existente.
- Lo anterior es lo más habitual, pero la cuenta 476 se utiliza para contabilizar cualquier otra cantidad que la empresa tenga pendiente de pagar a la seguridad social, como por ejemplo la originada como consecuencia de una inspección de trabajo.
Cómo funciona
Al ser una cuenta de pasivo, la cuenta 476 nace y crece por el haber y disminuye por el debe.
Por lo tanto:
- Se abona al contabilizar el nacimiento de la deuda (tanto al anotar la nómina como al registrar el gasto de la cuota patronal).
- Se carga al contabilizar el pago, contra la cuenta de tesorería que corresponda.
Diferencia entre la cuenta 476 y la 642
La diferencia entre ambas cuentas contables es la siguiente:
- La cuenta 476 Organismos de la Seguridad Social acreedores refleja la deuda que la empresa tiene con la seguridad social. Se trata de una cantidad a pagar, la cual puede tener diversos orígenes (como hemos visto en el punto anterior).
- La cuenta 642 Seguridad Social a cargo de la empresa representa el gasto en seguros sociales que para la empresa conlleva el hecho de tener trabajadores contratados.
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Ejemplos de asientos contables con la cuenta 476
Primero.- Los datos referentes al gasto de personal del mes de septiembre por el único trabajador que tiene la empresa han sido los siguientes:
Salario Bruto | 2.000 |
Seguridad social a cargo del trabajador | 80 |
Retención de I.R.P.F. | 220 |
Seguridad social a cargo de la empresa | 500 |
Teniendo en cuenta que la nómina se paga por banco y la seguridad social también los apuntes a realizar son:
1.- Al contabilizar la nómina el 30 de septiembre:
2.000 | (640) | Sueldos y salarios | a | (476) | Organismos de la Seguridad Social acreedores | 80 |
a | (4751) | H.P. Acreedora por retenciones | 220 | |||
a | (572) | Bancos | 1.700 |
2.- Al contabilizar el gasto de seguridad social para la empresa (cuota patronal) el 30 de septiembre:
500 | (642) | Seguridad Social a cargo de la empresa | a | (476) | Organismos de la Seguridad Social acreedores | 500 |
3.- Por el pago a la seguridad social el 31 de octubre (al mes siguiente de su devengo):
580 | (476) | Organismos de la Seguridad Social acreedores | a | (572) | Bancos | 580 |
Segundo.- La entidad tiene una inspección de trabajo referida al primer trimestre del ejercicio, de la cual resulta una cantidad a pagar a la seguridad social por importe de 700 euros como consecuencia de la aplicación indebida de una bonificación en las cuotas. No hay sanción ni recargo. Y se concede un plazo de 2 meses para hacer el ingreso.
Los asientos contables a realizar son:
1.- Al contabilizar el acta de inspección:
700 | (642) | Seguridad social a cargo de la empresa | a | (476) | Organismos de la Seguridad Social acreedores | 700 |
2.- Al contabilizar el pago:
700 | (476) | Organismos de la Seguridad Social acreedores | a | (572) | Bancos | 700 |
Y hasta aquí llego con este artículo sobre la cuenta 476. Espero que te haya sido de utilidad.